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CÁPSULA INFORMATIVA: “Ordenanza Local sobre medioambiente comuna de Malloa”

La ordenanza de medioambiente vigente en la comuna es una normativa local que rige dentro de todo el territorio comunal y que tiene como finalidad establecer un marco legal que regule, proteja y conserve el medio ambiente, de modo tal que permita contribuir al mejoramiento de la calidad de vida, como una respuesta adecuada a la creciente demanda ciudadana que aspira a una correcta gestión ambiental. Además, reglamenta el cuidado de Bienes públicos, tal como equipamiento urbano, pavimento, áreas verdes de las vías públicas, como plazas, parques y jardines comunales, cuidado de las aguas y demás bienes nacionales de uso público que administra el municipio. A través de la declaración de los siguientes principios rectores:

a) La igualdad medioambiental para todos los habitantes de la comuna.

b) El respeto y la protección a la vida humana, animal, vegetal y al equilibrio ecológico existente en la comuna.

e) El derecho a vivir en una comuna limpia, pura y carente de contaminación.

d) Que toda persona tenga derecho a respirar aire puro y beber agua sin productos contaminantes.

e) Que nadie pueda ser privado de vivir en un medio ambiente apto para la existencia.

La Ordenanza se organiza de la siguiente manera:

• Capítulo 1: Normas Generales

• Capítulo 2: Aseo y Protección de bienes de uso público y fuentes de agua

• Capítulo 3: Recolección de basuras

• Capitulo 4: Almacenamiento de las basuras domiciliarias

• Capitulo 5: Evacuación de basura domiciliaria

• Capitulo 6: Prevención y control de contaminación acústica

• Capítulo 7: Medio Ambiente

• Capitulo 8: Tránsito y Estacionamiento de Vehículos en General

• Capitulo 9: Proyectos a implementarse en el interior de la comuna

• Capitulo 10: Procedimientos y Sanciones

En general las infracciones a la presente ordenanza serán sancionadas con una multa que va desde un mínimo de 0,5 UTM y un máximo de 5 UTM a personas naturales, atendiendo a la gravedad, permanencia del hecho y el haber o no reincidencia. Por otro lado, las empresas que infrinjan la presente ordenanza deberán cancelar una multa que va desde un mínimo de 5 UTM a un máximo de 200 UTM, dependiendo de la gravedad, permanencia del hecho y de haber o no reincidencia. Además, los infractores que reincidan en contravenciones o infracciones a la presente ordenanza se les aplicará una multa mínima de 3 UTM.

En caso de requerir el texto completo de la Ordenanza, puede ser solicitado a través de Oficina de Partes de la Municipalidad.

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